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BLACK FRIDAY

10 recomendaciones legales para estructurar campañas de Black Friday y fiestas de fin de año

El equipo experto en la industria de consumo masivo del estudio jurídico FERRERE ha puesto a disposición pública 10 útiles recomendaciones legales, las más importantes para estructurar campañas y promociones de descuentos en Black Friday, Cyber Monday y fiestas de fin de año.

De esta manera, FERRERE busca orientar al sector comercial, de forma que las personas que se dedican a esta actividad puedan generar mayores ganancias en estas ocasiones especiales y reponer la baja de ingresos ocasionada por las circunstancias del país, cumpliendo a cabalidad la normativa tributaria.

Las recomendaciones de FERRERE Abogados son las siguientes:

1.  La factura de venta debe consignar de manera desglosada el descuento otorgado (RND SIN 10-0021-16, art. 10.I.4.e)

2.  Los descuentos deben ser oportunamente registrados en el libro de ventas y en la declaración de IVA (Ley 843 art. 5.a; RND SIN 10-0021-16 art. 75.2.1.m)

3.  Las ofertas de bienes o servicios a través de comercios electrónicos deben consignar el Número de Identificación Tributaria del comercio o empresa en el sitio o página web (RND SIN 10-0044-13 art.7)

4.  Los descuentos a los usuarios y consumidores se deben otorgar de forma equitativa y sin ningún tipo de discriminación (Ley 453 art. 17)

5.  La publicidad del comercio debe ser estructurada de forma que no induzca al engaño y no provoque error o daño económico a los usuarios y consumidores (Ley 453 art. 25);

6.  Los descuentos deben ser otorgados en los mismos términos anunciados en la oferta, publicidad o contrato. (D.S. 2130 art.16)

7.  Las actividades comerciales que no deben registrarse ante la Autoridad del Juego son: (RR AJ 01-00004-19 art. 5):

a.     Los combos y/o bandeos

b.     Las actividades de imagen empresarial

c.      Los descuentos realizados sin condiciones

d.     Las actividades con fines benéficos no serán consideradas como promociones empresariales

8.  Las promociones empresariales que deben registrarse ante la Autoridad del Juego son: (RR AJ 01-00004-19 art. 3):

a.     Las actividades destinadas a incrementar ventas, mantener, captar o incentivar clientes a través de la entrega de premios a través de sorteos de azar o cualquier otro medio de acceso.

b.     Las entregas de premios de disponibilidad limitada

c.      Los descuentos sujetos a condiciones futuras e inciertos

d.     Las ventas que otorgan derechos a los clientes para obtener descuentos, reembolsos o beneficios en compras

e.     Los premios consistentes en descuentos, reembolsos, bonificaciones u otros incentivos a clientes de otra empresa a cambio de una contraprestación

9.  En caso que se realicen promociones empresariales sin autorización, la Autoridad del Juego puede disponer su inmediata imponiendo una multa de 10.000 UFV equivalentes a Bs. 23.000 aprox. (RR AJ 01-00008-15 art. 21).

10.   La normativa vigente dispone que los comercios deben asignar un punto de reclamaciones para sus usuarios y consumidores y también obliga a llevar un registro de reclamaciones, sus respuestas y su posterior reporte a la Autoridad del Juego. D.S. 2130 art.18 y RR AJ 01-00005-19 art. 14.g e i).

El estudio jurídico FERRERE aclaró que las anteriores recomendaciones no constituyen una opinión legal propiamente dicha, sino tan solo un informativo general. En caso de tener alguna pregunta o asesoría específi­ca los lectores pueden contactar a los abogados especialistas Pablo Ordoñez (pordonez@ferrre.com) o Miguel Gumucio (mgumucio@ferrere.com)

 

FERRERE Abogados

FERRERE es la única firma legal multi-jurisdiccional de origen sudamericano. Creada en Uruguay, hoy en día cuenta con 250 abogados en ese y otros tres países: Bolivia, Ecuador y Paraguay, brindando un servicio personal, rápido y enfocado a potenciar la rentabilidad de los negocios de sus clientes.

Actualmente FERRERE tiene una importante cartera de clientes nacionales, atendiendo casos relacionados a temas societarios, regulatorios, impuestos, laborales, propiedad intelectual y otros rubros. Asimismo, destacadas empresas regionales e internacionales que operan en nuestro país, así como firmas legales de alcance global, acuden a FERRERE para completar su cobertura de la región.

FERRERE periódicamente recibe premios de las principales firmas internacionales calificadoras de servicios profesionales y a fines de 2018, la prestigiosa publicación británica Chambers & Partners, la más importante especialista en temas jurídicos a nivel internacional, la premió como mejor firma regional de América del Sur.

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